Uno de los elementos indiscutibles dentro del panorama mundial es que el derecho al aborto es una asignatura pendiente en muchos países del mundo. Los países occidentales se posicionan como ejemplo de progreso social, democrático y de logro de derechos universales, olvidando que continúan siendo sociedades patriarcales y eurocéntricas. Con el resurgimiento de la ultraderecha en Europa, se ha cuestionado la continuidad y la vigencia de un derecho democrático tan básico como es el del aborto. Es por ello que, en este artículo, de evidente tono reivindicativo, nos gustaría mostrar cuál es la situación del derecho al aborto en los países europeos y desde un punto de vista crítico, analizar si Europa está tan avanzada a nivel de derechos como parece a nivel teórico.
El estudio más reciente es el que publicó el European Parlimentary Forum for Sexual and Reproductive Rights (EPF) i l’International Planned Parenthood Federation European Network (IPPF EN)[1] y muestra que Europa no es tan progresista como podríamos imaginar en cuanto a los derechos reproductivos de las mujeres. En este estudio, se evaluaron los marcos legales para acceder al aborto seguro de 52 países y territorios europeos. El procedimiento metodológico que siguieron fue clasificar los países a partir de la creación de indicadores en tres ámbitos correlacionados: acceso al aborto, asistencia clínica y servicio que se ofrece y finalmente, información pública. Dentro de estas tres categorías, se tenían en cuenta distintos parámetros y si el país los cumplía, se llevaba la puntuación asignada en cada uno. El resultado de se puede ver en el mapa que se muestra a continuación donde se destaca de forma interactiva cuál es el porcentaje que ha obtenido cada país.
Mapa 1: Atlas de las políticas de aborto en Europa
Como podemos observar en el mapa, los casos más extremos son los de Polonia, Malta y Andorra. La sorpresa es que algunos gobiernos que se autodenominan “progresistas”, continúan obligando a las mujeres a suportar procedimientos médicamente innecesarios, a cuestionamientos continuados sobre su decisión personal de abortar o la denegación de la atención por parte de profesionales médicos que se excusan en la “objeción de consciencia”.
En este mismo estudio, se pone de manifiesto la dificultad con la que se encuentran las mujeres a nivel legal en muchos países, y lo desglosaron en las siguientes especificaciones:
- 31 países no incluyen el aborto en la cobertura financiera del sistema público de salud. Esto penaliza a mujeres y niñas, sobre todo las que provienen de un contexto socioeconómico más complejo y vulnerable, ya que su elevado coste hace que muchas no se puedan permitir este procedimiento y se vean obligadas a seguir con su embarazo o a recurrir a prácticas peligrosas.
- 19 países, obligan a las mujeres a suportar períodos de espera forzosos, carencia de asesoramiento por parte del cuerpo médico, entre otros elementos antes de acceder al servicio de aborto. Esto provoca que, en ciertas situaciones, se sobrepase el período legal para abortar y que ciertas mujeres decidan abandonar a causa de los impedimentos procedimentales.
- 16 países de Europa regulan la atención del aborto a través de su código penal. Por tanto, tratan el aborto como un delito.
- 26 países permiten que las personas profesionales de la salud nieguen la atención en base a sus creencias personales bajo de la premisa de la “objeción de consciencia”. Este, es uno de los elementos que pasa más desapercibido y que pone a las mujeres en situación de peligro, ya que no les permite poder optar al aborto seguro.
- 18 países no brindan a la persona información pública, clara, objetiva y precisa sobre la atención al aborto.
La situación de Cataluña
El año 2010 en España se aprobó la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, o dicho de forma más coloquial, la ley del aborto. Esta permitía a las mujeres mayores de 18 años, interrumpir su embarazo gratuitamente durante las primeras 14 semanas de gestación y despenalizaba algunas prácticas en distintos supuestos. Además, garantizaba que, en ningún caso, el acceso y la calidad de la asistencia en la prestación se viera vulnerada por causas ideológicas y defendía una igualdad territorial real[2]. Desde las entidades feministas y la sociedad civil, esta nueva ley creó muchas esperanzas y entusiasmo, porque garantizaba los derechos sexuales, reproductivos y de salud de las mujeres. No obstante, este entusiasmo se ha ido desvaneciendo ya que, durante los últimos años, se ha puesto de manifiesto carencias de accesibilidad en el territorio catalán, originados, en parte, por la negativa de algunos profesionales sanitarios a ofrecer el servicio por cuestiones ideológicas.
Gracias al estudio realizado por Laura Aznar del diario el CRÍTIC [3], se hicieron notorias algunas malas praxis de los servicios de ginecología y de obstetricia del sistema sanitario público de Cataluña[4], en especial por el método instrumental. Algunas de las conclusiones que se extrajeron fueron las siguientes:
- Desde 2015, de media, entre un 42-46% del cuerpo sanitario se niega a ofrecer el servicio de aborto.
- Hay una proporción muy desigual en relación con el número de personas especialistas en el territorio ya que, en la provincia de Barcelona es donde mayoritariamente se concentran los y las obstetra ginecólogas y en cambio, la provincia de Lleida destaca por una carencia importante de especialistas (24).
- En 2020, en Girona, el 25% de los especialistas se negaron a practicar abortos, en Barcelona y Tarragona el 40% y este porcentaje se eleva substancialmente en la provincia de Lleida, donde llega hasta el 67%.
- En la mayoría de los casos, cuando la mujer opta por el método instrumental, este procedimiento no se lleva a cabo en centros públicos, sino que se recurre a clínicas privadas contratadas para suplir la demanda.
A partir de los resultados del estudio, se constata que muchas mujeres de la provincia de Lleida, se veían obligadas a desplazarse para poder recibir la atención médica necesaria ya que, no pueden abortar de forma voluntaria con una intervención quirúrgica. Solamente, se podía llevar a cabo la opción farmacológica (durante las 9 primeras semanas de gestación) y no en todos los centros hospitalarios[5].
Mapa 2: Comarcas sin centros que ofrezcan la interrupción voluntaria del embarazo, 2020[6]

A partir de los datos en color amarillo destacados en el mapa, podemos afirmar que mayoritariamente en las regiones de los Pirineos y de las Terres de l’Ebre, no existe la posibilidad de abortar voluntariamente ni a través del método quirúrgico ni farmacológico.
Desde el Departamento de Salud, se comprometieron a dar servicio en las zonas donde no se posibilitaba esta opción y finalmente, después de muchos años de reivindicación, el 2 de marzo de 2021, el Hospital Comarcal del Pallars se convirtió en el primer centro de la región sanitaria d’Alt Pirineu i Aran en ofrecer el aborto farmacológico[7].
A partir de esta breve retrospección, parece que lo que ha sucedido a nuestro alrededor es un reflejo de los que pasa en muchos otros países. Es necesario recordar que España fue un país pionero en relación con el derecho al aborto de la mano de una de las primeras ministras europeas, Federica Montseny. Como es conocido, esto duró poco, y tuvieron que pasar más de 50 años para tener una ley semejante. Por todo ello, no podemos olvidar nunca que los derechos sexuales y reproductivos conseguidos pueden ser moneda de cambio y, una vez conseguidos, es necesario estar en alerta para que nadie los revoque, tal como nos recuerda la historia demasiado a menudo.
Bibliografía
[1] European Parliamentary Formul for Sexual and Reproductive Rights & Internacional Planned Parenthood Federation European Network, 2021. European absortion policies atlas. Disponible a: https://www.epfweb.org/sites/default/files/2021-09/ABORT%20Atlas_EN%202021-v10.pdf
[2] Capodiferro Cubero, D. (2016). La evolución de la regulación del aborto en España: perspectivas teóricas y proyección normativa. Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña, 20, 72-97.
[3] Aznar, L. (2020). El 42% dels Ginecòlegs del Sistema Públic es Nega a Practicar Avortaments. Disponible a: https://www.elcritic.cat/investigacio/la-meitat-dels-ginecolegs-del-sistema-public-es-nega-a-practicar-avortaments-84107
[4] En aquest cas, també s’inclouen alguns centres concertats
[5] Tan sols es podria realitzar al CAP de Lleida, de Balaguer, Mollerussa, Tàrrega i l’Hospital Arnau de Vilanova.
[6] Estadística de la interrupció voluntària de l’embaràs a Catalunya, 2020. Disponible a: https://scientiasalut.gencat.cat/bitstream/handle/11351/6576/estad%c3%adstica_interrupcio_voluntaria_embaras_catalunya_2020.pdf?sequence=1&isAllowed=
[7] Aznar, L. (2021). Avortament: lliure, gratuït i a la sanitat pública. Disponible a: https://www.elcritic.cat/opinio/laura-aznar/avortament-lliure-gratuit-i-a-la-sanitat-publica-106397